Sí, ya es obligatorio. Desde el 1 de octubre de 2026, si vas en moto o en ciclomotor, conduciendo o de pasajero, tienes que llevar guantes de protección en las vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier vía. Además, las motocicletas tienen que llevar a bordo un chaleco reflectante de alta visibilidad; el chaleco airbag, en cambio, no es obligatorio. Lo establece el Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE el 26 de junio de 2026 y ya en vigor, aunque todavía falta la orden ministerial que concretará qué guantes valen exactamente.
Información actualizada el 7 de octubre de 2026.
Qué dice la norma
Los cambios llegan con el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, que reforma el Reglamento General de Circulación para proteger mejor a los usuarios vulnerables de la vía, entre ellos los motoristas. Se publicó en el BOE el 26 de junio y entró en vigor el 1 de octubre de 2026. Afecta a conductores y pasajeros de motocicletas (también con sidecar), vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, ciclomotores y quads.
| Elemento | ¿Obligatorio? | Desde cuándo | Detalle |
|---|---|---|---|
| Guantes de protección | Sí, en vías interurbanas | 1 de octubre de 2026 | Conductor y pasajero. Las especificaciones técnicas llegarán con una orden ministerial que aún no se ha publicado |
| Calzado cerrado | Sí, en todas las vías | 1 de octubre de 2026 | Conductor y pasajero. Debe cubrir todo el pie: fuera chanclas y sandalias |
| Chaleco reflectante de alta visibilidad | Sí, llevarlo en la moto | 1 de octubre de 2026 | Póntelo si te bajas en la calzada o el arcén de una vía interurbana. Si trabajas con la moto, puesto siempre |
| Chaleco airbag | No | — | Recomendable, pero la norma no lo exige |
| Casco homologado (UNECE R22) | Sí, en todas las vías | Moto: 1 de octubre de 2026. Ciclomotor: 1 de octubre de 2027 | Ya no basta con un casco solo certificado |
Guantes: obligatorios fuera de la ciudad
Conductor y pasajero tienen que llevar guantes de protección siempre que circulen por vías interurbanas: carreteras convencionales, autovías y autopistas. En ciudad no son obligatorios, pero en una caída las manos son lo primero que llega al suelo.
¿Qué guantes valen?
Aquí está el matiz. El decreto deja en manos del Ministerio del Interior una orden que fijará las especificaciones técnicas de los guantes. Como explicó la DGT en su nota de prensa del 23 de junio, la exigencia de guantes homologados se hará efectiva cuando entre en vigor esa orden y, mientras tanto, se usarán guantes de protección de las mismas características que los actuales. A 7 de octubre de 2026, esa orden todavía no se ha publicado.
En la práctica, hoy no se te exige una certificación concreta, pero sí unos guantes de protección pensados para ir en moto. Lo más sensato es elegir ya unos certificados según la EN 13594, la norma europea específica para guantes de moto. Es la referencia del sector, aunque todavía no sabemos si la orden la adoptará tal cual.
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Calzado cerrado: también en ciudad
Se aplica en todo tipo de vías, urbanas e interurbanas, y también al pasajero. El calzado tiene que ser cerrado y cubrir todo el pie: chanclas, sandalias y cualquier calzado abierto quedan fuera. La norma no exige botas de moto ni ninguna certificación, así que unas zapatillas cerradas cumplen.
Eso sí, cumplir no es lo mismo que ir protegido: una zapatilla de calle no sujeta el tobillo ni protege la puntera o el talón. El calzado específico de moto se certifica según la norma EN 13634. Si haces carretera deportiva o circuito, las Botas Doktor Personalizadas son botas de competición en piel, desde 149,99 €.
Chaleco: reflectante sí, airbag no
El chaleco obligatorio es el reflectante de alta visibilidad, no el airbag. El decreto lo añade a lo que toda motocicleta debe llevar a bordo (anexo XII del Reglamento General de Vehículos). No tienes que llevarlo puesto mientras conduces: debes ponértelo cuando te bajes de la moto y estés en la calzada o el arcén de una vía interurbana, por una avería, un accidente o cualquier parada obligada. Si usas la moto para trabajar, por ejemplo en reparto, tienes que llevarlo puesto siempre y en cualquier vía.
La norma no dice dónde guardarlo: bajo el asiento, en una maleta o doblado en un bolsillo de la chaqueta. Elige uno con marcado CE como equipo de protección individual, no un chaleco decorativo con bandas reflectantes.
¿Y el airbag? No es obligatorio para quien ya tiene el carnet. Se habló de exigirlo, pero el texto aprobado no lo incluye; hoy solo se pide en la formación para el permiso A (Orden INT/210/2025). Aun así, es una protección muy recomendable para el tronco.
Multas
- Sin guantes en vía interurbana o sin calzado cerrado: infracción grave de 200 €, que se queda en 100 € si pagas en los 20 días siguientes a la notificación. Es la cifra que da la DGT.
- Sin chaleco reflectante en la moto: la prensa especializada habla también de 200 €; la DGT no lo detalla en sus notas.
- Puntos: la DGT no menciona retirada de puntos y la mayoría de medios especializados entienden que no se pierden, aunque algunos lo discuten. Por ahora no hay una aclaración oficial.
Cómo cumplir: qué mirar al comprar
- Guantes: marcado CE y la norma EN 13594 en la etiqueta, con su nivel (1 o 2; el 2 es más exigente) y las letras KP si la protección de nudillos está certificada. Que te queden ajustados y con cierre en la muñeca.
- Calzado: como mínimo, cerrado y que cubra todo el pie. Lo recomendable es calzado de moto certificado según la EN 13634, que proteja tobillo, puntera y talón.
- Chaleco reflectante: con marcado CE como equipo de protección individual (normalmente EN ISO 20471), guardado donde lo puedas coger rápido.
- Casco: comprueba la etiqueta de homologación ECE 22.05 o 22.06. En moto ya tiene que estar homologado; en ciclomotor, a partir del 1 de octubre de 2027.
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Preguntas frecuentes
¿Tengo que llevar guantes para ir por ciudad?
No. La obligación se limita a las vías interurbanas: carreteras convencionales, autovías y autopistas. En ciudad no son obligatorios, aunque te recomendamos usarlos siempre.
¿Me vale cualquier guante?
Hasta que se publique la orden ministerial, se piden guantes de protección como los que se usan hoy, sin una certificación concreta. Para ir sobre seguro, elige unos certificados según la EN 13594.
¿Las zapatillas cuentan como calzado cerrado?
Sí, si son cerradas y cubren todo el pie. Cumplen la norma, aunque protegen mucho menos que un calzado de moto.
¿Es obligatorio el chaleco airbag?
No. Lo obligatorio es llevar en la moto un chaleco reflectante de alta visibilidad. El airbag es recomendable, pero la norma no lo exige a quien ya tiene el carnet.
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